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Resolución: DDHH, orientación sexual, identidad de género

publicado a la‎(s)‎ 3 oct 2014, 17:38 por Francisco Andia   [ actualizado el 3 oct 2014, 17:48 ]

Consejo de Derechos Humanos

 

27 Periodo de Sesión

 

Resolución: Derechos Humanos, orientación sexual e identidad de género.

 

Por: Belissa Andía

 

(Runa, 28/09/2014)  La Resolución enDDHH, orientación sexual e identidad de género  (1) se aprobó luego de tres años que el Consejo de Derechos Humanos emitió la primera  Resolución que brinda atención específica en orientación sexual e identidad de género, en medio de un tenso debate, bajo un vendaval de enmiendas agresivas y hostiles presentadas por estados adversos pugnaban porque no se mencione a las poblaciones afectadas en sus derechos en razón de su orientación sexual e identidad de género.

 

Visto el cómputo de la votación los activistas LGBTI defensores de derechos que hicieron del serpentín del Edificio E del complejo del Consejo, el punto de coordinación obligado, saltaron de sus asientos expresando su júbilo, algunos derramaron lágrimas de emoción descargando toda la tensión acumulada a lo largo de las semanas que empezaron con el inicio del 27 Periodo de Sesión del Consejo de Derechos Humanos. Activistas de todas las regiones hicieron un trabajo febril de incidencia en el seno del Consejo como también en cada uno de los estados miembros, aplicando estrategias diferenciadas encaminadas a la aprobación de la Resolución, frente a la estrategia fundamentalista de desnaturalizar la resolución con enmiendas liquidadoras de su propósito especifico, como también presentar una moción de no acción.

 

Se presentaron 7 enmiendas: Remover del titulo de la Resolución la referencia a orientación sexual e identidad de género; suprimir la mención a la resolución anterior en el párrafo de preámbulo; remover en el cuerpo de la Resolución la referencia a orientación sexual e identidad de género para solo hacer una mención general de un listado de razones prohibidas de discriminación; remarcar que la complementación de la resolución esta sujeta a la soberanía nacional.; enmienda operativa que remueve la referencia al reporte del Alto Comisionado de Derechos Humanos para solo mencionar una referencia general a su trabajo contra la discriminación; enmienda para establecer el trabajo de la oficina como una demanda general contra la discriminación en lugar de un informe en orientación sexual e identidad de género.

 

Una a una se fue votando las enmiendas y una a una se fue rechazando. Al final el resultado de la votación fue 23 votos a favor de la Resolución: Argentina, Austria, Brasil, Chile, Costa Rica, Cuba, República Checa, Estonia, Francia, Alemania, Irlanda, Italia, Japón, México, Montenegro, Perú, Filipinas, República de Corea, Rumania, Sudáfrica, República Yugoslavia de Macedonia, Reino Unido, Estados Unidos, Venezuela; 14 votos en contra: Arabia Saudita, Argelia, Botswana, Costa de Marfil, Emiratos Árabes Unidos, Etiopia, Gabón, Indonesia, Kenia, Kuwait, Maldivas, Marruecos, Pakistán y Rusia y 7 abstenciones: Burkina Faso, China, Congo, Kazakstán, India, Namibia, Sierra Leona, y la ausencia de Benin.

 

El Perú voto a favor de la Resolución, contribuyendo a mostrar al Grupo de America Latina cohesionado, pero no la patrocino expresando con ello una actitud calculada frente al compromiso con el reconocimiento de los derechos LGBTI. Incluso países que no son miembro del Consejo han tenido una actitud mas proactiva patrocinando la Resolución y contribuyendo a afianzar el principio de universalidad de los Derechos Humanos.